1x1
La Playosa Vive
Estás en >
Clima extendido | Viernes 29 de Marzo 2024 | 15:24:51 Hs.

20
Mar
2017
Institucional | Recurso presentado por el crimen de Rocio Rodriguez

EL FISCAL GENERAL, A FAVOR DE QUE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEFINA RELACION DE PAREJA EN FEMICIDIOS

Alejandro Moyano mantuvo el recurso de casación interpuesto por la querella del crimen de Rocío Rodríguez. El asesino fue condenado a 16 años porque el tribunal entendió que no había vínculo entre ellos. 

La fiscalía general de la provincia, a cargo de Alejandro Moyano, mantuvo el recurso de casación interpuesto por la querella del caso Rocío Rodríguez, asesinada en 2013, y señaló la necesidad de que haya un pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia sobre el alcance del término "relación de pareja". 

En diciembre del año pasado, la Cámara 5ª del Crimen con jurados populares condenó a 16 años de cárcel a Santiago Bonelli por asesinar de un disparo a Rocío Rodríguez a fines de 2013. De esa manera, no prosperó el agravante por el vínculo que había pedido la querella.

El abogado de la familia interpuso un recurso de casación para que el TSJ revise la sentencia. Ahora, se sabe que la fiscalía general mantuvo el recurso.

 

"La fiscalía general ha mantenido el recurso del querellante y el argumento primero es la trascendencia pública que ha tenido este hecho y sobre todo la necesidad de obtener un pronunciamiento respecto al término relación de pareja contenido en el artículo 80 inciso 1 del Código Penal a la luz de la reciente reforma del Código Civil y además por la sensibilidad y actualidad del tema", dijo el fiscal a los medios.

 

Moyano también enmarcó la necesidad del pronunciamiento en el contexto del reciente fallo por el femicidio de Paola Acosta. "Los estándares expuestos en la causa Lizarralde aparecen superadores de aquellos segmentos rígidos demarcados por definición por lo que creo que es propicio una revisión de lo decidido", señaló. 

Qué dijo el fiscal

"En el caso que nos convoca existen ciertas aristas que -a criterio de este Ministerio Público- tornan procedente la pretendida revisión: por un lado la trascendencia que este hecho ha tenido en la opinión pública, por otro, la necesidad de obtener un pronunciamiento respecto al tópico (alcance del término relación de pareja contenido en el artículo 80 inciso 1 del Código Penal) a la luz de las recientes reformas del Código Civil y teniendo especialmente en cuenta la sensibilidad y actualidad del tema, en virtud del creciente numero de homicidios de mujeres por parte de quienes mantenían una relación afectiva", dice el texto firmado por Moyano. 

"Rememoremos que la finalidad política de la casación consiste en unificar la jurisprudencia, pues si bien el pronunciamiento de la sala penal es obligatorio en el caso concretamente fallado, tiene un valor orientador en casos análogos para los tribunales inferiores, siquiera por razones de economía procesal, salvo que se agreguen nuevos argumentos que puedan variar el precedente. Es que a través de esta función uniformadora o nomofiláctica, se brinda seguridad jurídica a los ciudadanos en la aplicación de la ley, ya que torna previsible la interpretación judicial en casos semejantes", agrega el texto. 

El fallo

En el juicio, tanto el fiscal de Cámara, Fernando Amoedo, como los jueces de la Cámara 5ª del Crimen –María Susana Blanc Gerzicich de Scapellato, Guillermo Lucero Offredi y Enrique Paoloni–, sostuvieron que Bonelli y Rodríguez no tenían un proyecto de pareja a largo plazo: por ese motivo no aplicaron el agravante del vínculo. Así, el condenado eludió la prisión perpetua.

“En consonancia con la nueva legislación civil, interpretamos que una relación de pareja es una relación afectiva de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas –sean del mismo o de diferente sexo–, que comparten un proyecto de vida común, hayan convivido o no (...) No cualquier relación de pareja agrava el homicidio, sino aquellas que tienen una trascendencia similar a la de los matrimonios, como las uniones que se llamaban concubinatos”, dijo el tribunal. 

Los jueces consideraron que no había proyección de futuro o planes en conjunto, y por eso no había pareja. 

1x1

1x1


1x1
1x1


1x1

COMENTARIOS / 0 comentarios
Dejá tu comentario
comentario
1x1

1x1


Si leyó esta nota también le puede interesar:

La Playosa Vive
02
May
2020
La Playosa

TODO CAMBIA, UN COVER DE AGUSTÃN ACOSTA Y NADIA CEJAS DEDICADO A LA PLAYOSA

<p> <iframe allow="accelerometer; autoplay; encrypted-media; gyroscope; picture-in-p...

1x1
1x1
1x1
1x1
Banner nuevo Almafuerte abril
APP para Android FM VIVE
1x1
La Playosa Vive
03 / 04 / 2020

SE CONFIRMÓ EL CUARTO CASO DE CORONAVIRUS EN LA PLAYOSA

1x1
1x1
1x1
26 / 03 / 2020
La Playosa

YA SON TRES LOS CASOS CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS EN LA PLAYOSA

1x1
1x1
1x1
24 / 03 / 2020
FM Vive 98,3- 96.7 Repetidora Pozo del Molle

EMILCE SALES SE REFIERE AL PRIMER CASO DE CORONAVIRUS CONFIRMADO EN LA PLAYOSA

1x1
1x1
1x1
23 / 03 / 2020
Se trata de una mujer mayor de 70 años que regresó recientemente de un viaje a España junto a otros familiares

ESTÃ CONFIRMADO EL PRIMER CASO DE CORONAVIRUS EN LA PLAYOSA

Primer caso de Coronavirus CONFIRMADO en La Playosa. Se trata de la primera mujer mayor de 70 ...

1x1
1x1
1x1
21 / 03 / 2020
La Playosa

EL IPET DE LA PLAYOSA, PRODUJO ALCOHOL EN GEL JUNTO A OTRAS ESCUELAS CONVOCADAS POR LA PROVINCIA

imagen
1x1

1x1
1x1
1x1
04 / 03 / 2020
La Playosa

LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA ENTREGÓ ÚTILES ESCOLARES PARA EL COMIENZO DE CLASES

imagen
1x1

Bajo la premisa de una educación para todos y todas, la Municipalidad de La Playosa, a ...

1x1
1x1
1x1
1x1
1x1
1x1
1x1
1x1
VIVE Pozo del Molle
Banner nuevo de Pixel
Radios Online
Diarios Online
1x1
1x1